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29 Setiembre 2006

2 becas para el Microsoft Technology Center

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roberto
Archivado en: Noticias — 17:13

Microsoft Technology Center como parte del Instituto Tecnológico de Aragón en su sede en Walqa (Huesca) convoca becas de postgrado.

Joaquín, del Microsoft Technology Center situado en el Parquet Tecnológico Walqa, lo anuncia hoy en su blog:

Ofertamos:

  • Beca estructural con posibilidades de formar parte de la plantilla tras el periodo de formación.
  • Formación a nivel internacional por expertos de Microsoft.
  • Participación en proyectos de I+D.
  • Integración en un equipo de trabajo dinámico y motivado.

Para optar a estas becas se requiere:

  • Titulación: Ingeniería Técnica en Informática o similar. No es necesario tener el proyecto fin de carrera terminado.
  • Iniciativa y motivación para el trabajo en equipo.
  • Nivel alto de Inglés hablado y escrito.
  • Se valorarán conocimientos de las tecnologías de Microsoft (Windows 2003, SharePoint, Exchange, LCS, Biztalk) (Para la beca de Sistemas)
  • Se valorarán conocimientos de las tecnologías de Microsoft (.Net, C#, VB.net, SQL Server, ASP.NET, WinForms) (Para la beca de Desarrollo)

Remitir el curriculum a rrhh@ita.es con la referencia de la plaza:

  • Sistemas (ref: BEC 2006-WALQA II)
  • Desarrollo (ref: BEC 2006-WALQA III)

Fuente: blog de Joaquín Gracia

22 Setiembre 2006

Resumen de la Jornada de Patentes y Propiedad Intelectual en las TIC

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roberto
Archivado en: Noticias — 10:02

El pasado martes 19 el Gobierno de Aragón, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas) y la EOI (Escuela de Organización Industrial) organizaron una jornada sobre Fomento de la Innovación, patentes y otros derechos de Propiedad Intelectual en el sector de las TIC.

Un representante de la OEPM explicó qué se puede patentar y qué no en el ámbito de las TIC. En resumen, la patentabilidad en España la definen dos factores: que sea una invención, y que sea susceptible de aplicación industrial. Los programas de ordenadores no son patentables.

Desde Asimelec se incidió en la presión que ejercen las entidades de gestión (SGAE, CEDRO, …) y que se está negociando la cuantía del canon para soportes y dispositivos. Al menos se ha evitado que los carguen sobre discos duros y ADSL.

Miguel Ángel Rodríguez, de la firma CMS Albiñana & Suárez de Lezo, explicó detalladamente cómo debería actuar una empresa desarrolladora TIC para proteger sus creaciones, desde el secreto industrial hasta el depósito del código ante notario, pasando por confiar en empresas terceras como se está haciendo en EE.UU.

La valoración general ha sido satisfactoria. La patentabilidad del software tiene una problemática compleja y aparecieron los diversos puntos de vista entre los ponentes, y también en el auditorio hubo buenas intervenciones. También se habló de la famosa directiva de patentes de software, con diversidad de opiniones.

Quizá se echó en falta en esta reunión la presencia de la empresa aragonesa (ColorIuris) que está innovando en este campo de la gestión de derechos, perfectamente aplicables al software informático. Aunque tampoco es mucho de extrañar, porque aunque lo ponía en el título, de innovación se habló más bien poco (una exposición sobre la situación actual y poco más).

15 Setiembre 2006

Google Apps for Your Domain: aplicaciones online para la empresa

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roberto
Archivado en: Noticias — 13:52

Google sigue creciendo y explorando nuevas posibilidades de negocio, orientando en esta ocasión sus productos hacia el ámbito empresarial. Tanto es así que ha creado un paquete (aún en versión beta) de aplicaciones y herramientas de comunicación y colaboración online que bajo el nombre de Google Apps for Your Domain aglutina servicio de correo electrónico web, calendario, mensajería instantánea y editor de páginas web.

Leer más en Sicman

Windows Vista, Office 2007 y sus precios

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roberto
Archivado en: Noticias — 13:49

Precios de Windows Vista:

  • Vista Home Basic Upgrade [Actualización] - $116
  • Vista Home Premium Upgrade [Actualización] - $179
  • Vista Business Upgrade - $225
  • Vista Home Basic - $234
  • Vista Home Premium - $270
  • Vista Ultimate Upgrade [Actualización] - $270
  • Vista Business - $342
  • Vista Ultimate - $450

Precios de Office 2007:

  • OneNote 2007 - $125
  • Outlook 2007 - $143
  • Publisher 2007 - $225
  • Excel 2007 - $279
  • PowerPoint 2007 - $279
  • Word 2007 - $279
  • Office Small Business 2007 - $567
  • Office Pro 2007 - $685
  • Project 2007 - $798
  • Office Ultimate 2007 - $811

Leer más en Genbeta

Endeve ahora es gratis

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roberto
Archivado en: Noticias — 13:42

Antes del cambio, la versión gratuita podía considerarse prácticamente una demo, por las limitaciones que mostraba, entre ellas, solo poder realizar tres facturas al mes. No tuvo la respuesta que esperaban sus desarrolladores y han dejado las opciones más usuales libres, dejando para más adelante la opción de pago que será la misma que la gratuita pero con extras que si bien no son imprescindibles, sí que pueden ser demandados por algunas empresas, y he ahí el verdadero negocio.

Leer más en Genbeta

Las empresas españolas no controlan si su página web es rentable

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roberto
Archivado en: Noticias — 13:14

La mayoría de empresas españolas no controlan si su página web es rentable, según un estudio realizado por la consultora King-eClient a una muestra de 350 empresas procedentes de los principales sectores nacionales.

Leer más en el blog de Camyna

Almacenamiento de ficheros en web

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roberto
Archivado en: Artículos — 13:03

Pau Rivera:

El caso es que he encontrado multitud de páginas que ofrecen espacio para almacenamiento de ficheros on-line, tanto gratuitos como de pago (varios de ellos con las dos modalidades, según los servicios que ofrecen):

Leer más en el Blog de Pau Rivera

14 Setiembre 2006

Cómo hacer un Aviso Legal, por Javier Prenafeta

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roberto
Archivado en: Artículos — 9:37

El Aviso Legal de una web viene a ser el documento que recoge, básicamente, las cuestiones que la LSSI obliga a incluir en prácticamente toda web, especialmente las de empresas pero también en las bitácoras que incluyen publicidad y por tanto caen en el ámbito de aplicación de dicha norma. También, ya de paso, se suelen añadir aspectos sobre propiedad intelecual, normas de uso, protección de datos y limitaciones o exclusiones de responsabilidad por los contenidos. Si además realizan comercio electrónico, sepan que por lo menos necesitarán unas Condiciones Generales de la Contratación así como cumplir determinados requerimientos en el proceso de contratación.

Como es bien sabido, el Aviso Legal, a pesar de ser un documento legal, lo suele hacer la empresa que diseña y/o programa la web, como parte del servicio. Tampoco es eso demasiado grave, yo mismo me automedico cuando tengo sólo un resfriado y no soy médico. Y tampoco perjudica al abogado, a largo plazo es mucho más rentable ya que si hay problemas se resuelven en el Juzgado, mucho más caro, como también es de sobras conocido.

El proceso de creación del Aviso Legal se inicia, en estos casos, mediante una sencilla consulta a La Gran Base de Datos, que nos devuelve el habitual torrente gratuito de Saber. El segundo paso es seleccionar uno de ellos que se ajuste al cliente según su sector de actividad, y de ahí tomar el que tenga mejor pinta, parezca más serio o sea más largo, que seguro que es mejor. El resultado se modifica un poco para que no se note demasiado y ya está.

El sistema anterior choca con un par de variables que se suelen descuidar. Primero, reconocer la calidad de un documento legal no siempre es fácil, máxime cuando hay importantes referentes que incumplen la legislación española. Y en segundo lugar, aún en el caso de que el contenido escogido sea correcto desde un punto de vista legal, la elección debe ir en función de las necesidades e intereses de la parte, no de lo que haga el resto.

Así que, si copian, al menos háganlo bien y entiendan los efectos y consecuencias de incluir determinadas cuestiones.

El Aviso Legal debe ser fácilmente accesible (desde todas las páginas), y contener lo siguiente:

1) Información general a la que se hace referencia en al artículo 10 de la LSSI.
El listado es bastante claro, así que no hay mucho que comentar. En este apartado suelen descuidarse los datos de los registros. Las empresas (ya sea empresarios individuales, sociedades mercantiles, entidades de crédito y seguros, sociedades de garantía recíproca, instituciones de inversión colectiva, fondos de pensiones y agrupaciones de interés económico) deben incluir los datos de inscripción en el Registro Mercantil (ya saben, fecha, tomo, libro, folio, hoja,…), además de comunicarle a éste el nombre de dominio que utilizan habitualmente, pero hay otras entidades, como asociaciones, fundaciones, sociedades cooperativas, universidades, centros docentes, empresas de venta a distancia (entre las que se incluirían las que realizan comercio electrónico), empresas exportadoras,… que también tienen registros específicos, cuyos datos igualmente hay que reseñar.
También se suele olvidar hacer referencia a las autorizaciones administrativas del punto c). Hay una gran casuística: servicios de transporte, telecomunicaciones, energía, seguridad privada o gestión de residuos, por ejemplo, son algunas de las actividades que requieren autorización adminstrativa previa para su ejercicio.

2) Propiedad intelectual y uso de los contenidos.
Por contenido se entiende el texto, imágenes, animaciones, bases de datos, programas informáticos, y demás elementos gráficos o sonoros de las páginas de su web. Constituye propiedad intelectual con carácter general, aunque probablemente también se haga referencia a marcas u otros signos distintivos (propiedad industrial) o incluso a los nombres de dominio registrados a su nombre. Si dicho contenido tienen un valor considerable o resulta crítico para su negocio, quizá debería ir a un Notario a que levante acta del mismo y constituir un depósito.
Conviene dejar claro en el Aviso Legal quién es el titular de dichos contenidos, y los usos que permite. Aléjese de convencionalismos y piense en su negocio y en lo que le interesa. No es lo mismo, por ejemplo, una empresa de publicidad o artes gráficas, que debería restringir la reproducción o modificación de sus trabajos, que una que se dedique al software libre cuya filosofía sea precisamente la distribución de sus desarrollos. En caso de imágenes de terceros, recuerde que debe contar con un permiso o cesión de derechos para poder incluirlas, aunque la mayoría de las bitácoras se salten esto a la torera.
Ya no se hace tanto, pero ya que está prohiba expresamente el uso de marcos, redireccionamientos, o cualesquiera actividades que supongan ocultar el origen de la información. Olvídese de limitar los enlaces profundos. Internet no sería nada sin estas cosas, nadie suele hacer caso y Ud. tampoco va a perseguir a quienes lo hagan.

3) Protección de datos.
Con toda seguridad, Ud. recoge y trata datos relativos a personas físicas. El tema de la dirección IP es algo delicado, hay variedad de opiniones, pero personalmente creo que en la mayoría de los casos no se trata de un dato personal. No obstante, es probable que la web incluya un formulario de contacto, en el que se soliciten datos como nombre y apellidos, dirección de correo electrónico, empresa y motivo de la consulta (solicite únicamente datos que sean pertinentes y no excesivos), y en cualquier caso siempre existe la posibilidad de que alguien le envíe un mensaje de correo electrónico a la dirección que facilita.
En estos casos, la LOPD obliga a informar de las cuestiones que señala el artículo 5, así como de las posibles cesiones de dichos datos a terceros, debiendo solicitarse el consentimiento tanto para el tratamiento como para las cesiones. Hay excepciones, pero no siempre se aplicarán. Si incluye un formulario de contacto, reproduzca íntegramente esta cláusula en dicha página e incluya un botoncito de “aceptar”. De lo contario, el usuario no es informado debidamente (no tiene por qué visitar el Aviso Legal), y además tendrá una prueba de ese consentimiento. Recuerden que determinados datos (ideología, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual) requieren que el envío de los mismos se haga a través de un canal cifrado.

4) Limitaciones o exclusiones de responsabilidad.
En este apartado uno encuentra las mayores perlas, clásicos inspirados en Derecho anglosajón, que se repiten con leves variaciones:

XXXX, S.L. PROPORCIONA ESTE SITIO Y SUS CONTENIDOS “COMO ESTÁN” Y “SEGÚN DISPONIBILIDAD”, SIN NINGUNA REPRESENTACIÓN O GARANTÍA DE NINGÚN TIPO, YA SEA EXPLÍCITA O IMPLÍCITA. XXXX, S.L. NIEGA EXPRESAMENTE CUALQUIER GARANTÍA EXPLÍCITA O IMPLÍCITA, ENTRE OTRAS, PERO SIN LIMITARSE A, GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE OMERCIABILIDAD, ADECUACIÓN PARA UN FIN EN PARTICULAR, TITULARIDAD Y CUMPLIMIENTO.
EN NINGÚN CASO XXXX, S.L. SERÁ RESPONSABLE ANTE NINGUNA PARTE DE NINGÚN DAÑO DIRECTO, INDIRECTO, PUNITIVO, INCIDENTAL, COMPENSATORIO, ESPECIAL, CONSECUENCIAL, O CUALQUIER OTRO DE CUALQUIER TIPO QUE PUEDA EXISTIR, PÉRDIDA DE DATOS, INGRESOS O BENEFICIOS, DAÑOS O PÉRDIDA DE PROPIEDADES, INTERRUPCIÓN DEL NEGOCIO O PÉRDIDA DE LOS PROGRAMAS O DATOS DERIVADOS O RELACIONADOS CON ESTE SITIO, CUALQUIER SITIO O SERVICIOS A LOS QUE SE LLEGUE POR UN ENLACE EN ESTE SITIO, O CUALQUIER COPIA, EXHIBICIÓN O USO DEL MISMO, SIN IMPORTAR LA TEORÍA LEGAL EN QUE SE BASA LA RECLAMACIÓN, INCLUSO SI XXXX, S.L. HA RECIBIDO AVISO DE LA POSIBILIDAD DE QUE SE PRODUZCAN DICHOS DAÑOS, ENTRE OTROS, PERO SIN LIMITARSE A, CUALQUIER DAÑO RESULTANTE DE UN ERROR, OMISIÓN, VIRUS, RETRASO O INTERRUPCIÓN EN LAS OPERACIONES O EL SERVICIO SIN IMPORTAR EL MOTIVO. XXXX, S.L. NO SERÁ RESPONSABLE DE LAS PÉRDIDAS O DAÑOS DERIVADOS O RELACIONADOS DE CUALQUIER MANERA CON SITIOS WEB DE TERCERAS PARTES O SU CONTENIDO SI SE HA ACCEDIDO A ELLOS MEDIANTE ENLACES COLOCADOS EN ESTE SITIO, SU USO DE ESTE SITIO O SU USO DE CUALQUIER EQUIPO DE SOFTWARE EN RELACIÓN CON ESTE SITIO.

Retaíla que, aún en mayúsculas, sirve de más bien poco. Primero, porque dicha cláusula podría ser considerada abusiva y por tanto nula (según la normativa para la protección de consumidores, que no permite tan amplias exclusiones) y, segundo, porque aún en el caso de que no lo fuera, no ha sido aceptada por la otra parte. Les voy a contar un secreto: el mero acceso a un sitio web NO supone la aceptación de sus condiciones de uso. Esto también suele figurar al principio del Aviso Legal o Condiciones de Uso de una web, pero el usuario puede navegar y utilizar los contenidos de una web sin siquiera ver esas condiciones, con lo cuál en modo alguno le pueden obligar. Hay mecanismos para resolver esto y conseguir una verdadera aceptación, pero no se suelen implementar en un Aviso Legal.
Así, aunque Ud. reniegue de su responsabilidad, no por ello se va a librar de ella. Puede parecer obvio, pero sólo puede limitar su responsabilidad en la medida que se lo permita la normativa que regula su actividad.
Respecto a la LSSI, no establece un régimen de responsabilidad por contenidos, como se ha entendido erróneamente, sino los casos en que en ningún caso se es responsable. Esto es, fuera de esas exclusiones, la responsabilidad no es objetiva sino que, en su caso, deberá demostrarse. Con todo, es recomendable reproducir las exclusiones de la LSSI.

Autor: Javier Prenafeta
Documento original: Cómo hacer un Aviso Legal
Texto reproducido según contrato Coloriuris.

12 Setiembre 2006

Move your mind: Cómo no hacer un blog corporativo

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roberto
Archivado en: Noticias — 13:46

En el blog Agujero de Gusano:

Hay correos que es mejor leer antes de tomar el café si no quieres que tu estómago se niegue a procesarlo. Hace unos días conocí la existencia de un blog corporativo de Saab llamado Move your mind mediante un post en Loogic. Allí ya comenté que el diseño se me hacía un tanto extraño, pero nos confirmaron que era de Saab.

Leer más en el blog Agujero de Gusano

8 Setiembre 2006

Participa en Innovact ´06. Reims 18-19 octubre

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Narciso
Archivado en: Noticias — 10:29

Para empresas innovadoras de Aragón, el Servicio de Tecnologías organiza una Delegación a la decimoprimera edición de Innovact en Reims. Se trata del Foro Europeo de la Joven Empresa Innovadora que buscan soluciones para fomentar su desarrollo, dónde se desarrollan más de 2.000 citas de negocios pre-concertadas y se dan cita más de 250 expositores.

Para más información, ponte en contacto con el Servicio de Tecnologías.
Doc. resumen en PDF http://www.satipyme.com/wiki/uploads/Web/Innovact-Delegacion-Espanola.pdf

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Área de Formación e Innovación de la Cámara de Zaragoza.
www.camarazaragoza.com - Datos corporativos - Aviso legal - Intranet

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